Desde su creación en el año 1945, la Organización de
las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha
tenido como objetivo promover la identificación, protección y preservación del
Patrimonio Cultural y Natural del mundo, considerado un tesoro universal. Estos
son algunos años y documentos claves en esa tarea:
- Año 1952. En la Convención Universal sobre Derechos de Autor (pdf, 2,12 MB, en inglés), adoptada en Ginebra el 6 de septiembre de 1952, y revisada en París el 24 de julio de 1971, se trata la protección de obras literarias, científicas y artísticas.
- Año
1972. Es
en la Conferencia General de la UNESCO de ese año, cuando los países que
pertenecen a esta organización acuerdan que, ante los múltiples peligros
que amenazan la supervivencia de los bienes culturales y naturales, de
monumentos, parques, árboles, animales, lenguas… es necesario un esfuerzo
conjunto de todos los países para protegerlos y poder transmitirlos
a las generaciones futuras.
Se da así origen a la denominada Convención de la UNESCO sobre la protección del Patrimonio Cultural y Natural (pdf, 147,10 kB), adoptada el 16 de noviembre de 1972. Los Estados signatarios acuerdan identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio. Se contempla asimismo la voluntad de actuar hasta el máximo de los recursos de que se disponga, y llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacionales, sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científico y técnico. - Año 1975. El anterior acuerdo tiene como resultado la aprobación por parte de la UNESCO en el año 1975 de la Convención del Patrimonio Mundial. Esta es una de las cumbres intergubernamentales más importantes de cara al esfuerzo de preservación del Patrimonio Cultural Mundial, es decir: del conjunto de bienes culturales y naturales que los individuos de todo el mundo hemos heredado de nuestros antepasados, y que nos permiten entender y conocer la historia, las costumbres y las formas de vida hasta el momento presente. Pero con el paso de los años hay más encuentros y se generan más documentos, que particularizan con mayor detalle las áreas a proteger. Por ejemplo:
- Año 2001: La Convención de la UNESCO sobre la protección del patrimonio cultural subacuático (pdf, 173,30 kB), adoptada el 2 de noviembre de 2001 con motivo de la 31ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO. Considera los pecios marinos como elementos inestimables para reconstruir estilos de vida desaparecidos en tierra y señala que representan un tesoro en todo cuanto se refiere a conocimiento de la vida a bordo, a la construcción naval y a las rutas comerciales.
- Año
2003 : la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (pdf, 46,38 kB),
aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 32e reunión, el 17
de octubre de 2003. Esta nueva convención, la quinta que aprueba la
Organización para preservar el Patrimonio Cultural, está pensada para que
los Estados Partes se comprometan a adoptar las medidas necesarias para
garantizar la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial,
comprendidas las medidas de identificación, así como para reforzar la
solidaridad y la cooperación al respecto en los planos regional e
internacional. Además, esta convención tiene por objeto favorecer el
intercambio de información, experiencias e iniciativas comunes en este
ámbito. Se encuentra aún pendiente de ser ratificada por los Estados
Partes.
En este mismo marco de la 32 reunión de la Conferencia General de la UNESCO el 17 de octubre de 2003 en París, se produce también la Declaración de la UNESCO relativa a la destrucción intencional del Patrimonio Cultural (pdf, 13,55 kB).
Tiene mucha relación con esa degradación a que el Patrimonio Cultural es sometido la Convención UNESCO sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícita de Bienes Culturales (que data del año 1970) (pdf, 87,24 kB): en ella se reflexiona sobre los numerosos y graves atentados que el Patrimonio Cultural sufre, desde estatuas decapitadas, nichos desprovistos de las figuras que los adornaban, tumbas y túmulos funerarios saqueados… hasta Pueblos que han perdido las imágenes religiosas que en su día representaron su mundo espiritual, o iglesias y palacios despojados de sus objetos más preciados. Fenómenos de agresión que generan un entorno en el que los niños de esos lugares crecen sin haber visto los grandes logros de su propia cultura.
Tales son, entre otros más, los tristes resultados que
aparecen ligados al tráfico ilícito de objetos culturales. Para luchar mejor
contra esas acciones reprehensibles, se elaboró el anterior tratado
multilateral, así como los dos que se citan a continuación, con los que está
relacionado:
- Año 1995: la Convención UNIDROIT sobre los Bienes Culturales Robados o Importados Ilícitamente y...(pdf, 126,36 kB, en inglés)
- Año 1954: el Primer Protocolo para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado.
o
Convención
de la Haya (pdf, 159,29 kB, en inglés).
o
Primer
Protocolo (pdf, 60,42 kB, en inglés).
o
Segundo
Protocolo (pdf, 137,66 kB, en inglés).